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MÁS INFO

El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital ha publicado el borrador de Real Decreto cuyo fin es regular el Sandbox sobre inteligencia artificial en España. El plazo de consulta pública finalizó el 15 de junio de 2023.

El Sandbox está abierto tanto a usuarios de sistemas de IA como a proveedores de sistemas de IA. Los usuarios sólo podrán participar respecto a sistemas de IA de alto riesgo y siempre y cuando el proveedor del sistema de IA también participe en el Sandbox.

En cambio, los proveedores pueden participar con

  • (i) sistemas de alto riesgo
  • (ii) de propósito general
  • (iii) modelo fundacional, o
  • (iv) sistemas de inteligencia artificial generativa.

Podrán participar compañías españolas o que tengan un establecimiento permanente en España, pudiendo ser públicas o privadas.

El objetivo de este Sandbox es, evidentemente, crear un entorno controlado de pruebas, con el fin de valorar y testear los requisititos previstos en la propuesta de Reglamento IA: “estudiar la operatividad de los requisitos establecidos en la propuesta de Reglamento europeo, así como la autoevaluación de cumplimiento y la prueba de sistemas de supervisión de los sistemas de inteligencia artificial de alto riesgo de los participantes durante su funcionamiento”, lo cual dará lugar a (i) un informe de buenas prácticas y conclusiones obtenidas; y (ii) guías técnicas de ejecución y supervisión.

 

3 fases para el sandbox

El Sandbox se dividirá en, fundamentalmente, en 3 fases:

  1. Cumplimiento de requisitos: Las entidades que participen en el Sandbox deberán de cumplir con una serie de requisitos basados en los requisitos establecidos en el Reglamento IA: (i) implementación, documentación y mantenimiento de un sistema de gestión de riesgo; (ii) entrenamiento del sistema IA con datos que cumplan los criterios de calidad especificados por el órgano competente; (iii) documentación técnica del sistema IA; (iv) permitir el registro automático de eventos (‘logs’) del sistema; (v) desarrollar la tecnología de acuerdo con el principio de transparencia; y (vi) diseñar el sistema de modo que permita su supervisión por personas físicas.
  2. Autoevaluación: se deberá realizar una autoevaluación de todo el proceso de evaluación de conformidad previsto en el Reglamento IA.
  3. Seguimiento: las entidades participantes documentarán un sistema de seguimiento tras la evaluación y la posterior puesta en marcha del sistema de inteligencia artificial.

 

Conclusiones

Este Sandbox tendrá un rol muy relevante en la configuración final del Reglamento IA y en la documentación de desarrollo del mismo. En este sentido, llaman la atención las definiciones del artículo 3 del borrador del Sandbox IA, ya que que difieren de las contenidas en la Propuesta de Reglamento de Inteligencia Artificial (cuyo análisis hicimos en este post).

En cualquier caso, el texto del Real Decreto deberá adaptarse a la redacción final del Reglamento de IA que se apruebe finalmente. El Real Decreto tendrá una vigencia de 36 meses desde su entrada en vigor (terminando en el momento en que el Reglamento de IA entre en vigor y sea aplicable, si esto ocurre antes de que finalicen los 36 meses).

Ahora queda esperar que se promulgue y publique el Real Decreto en las próximas semanas, que nos darán los plazos de presentación pertinentes. 

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