En el sector de los activos digitales, aunque avanza con velocidad, la regulación en torno a la inversión en criptoactivos sigue siendo un tema en evolución.
Por ejemplo, en España, los fondos regulados no pueden actualmente tener exposición directa a los tokens de utilidad, una situación que deja habitualmente con dudas tanto a los administradores del fondo como a las empresas que utilizan estos tokens como medio de financiación. Además en muchas de ellas, siendo el token un componente de retorno clave.
El Reglamento (UE) No 345/2013 sobre los fondos de capital riesgo europeos (FCRE), aprobado en el año 2013, deja fuera de duda que los tokens de utilidad no son activos admisibles para la cartera de un FCRE. Según el artículo 3 del reglamento, solo se consideran admisibles ciertos instrumentos de capital, cuasi capital y préstamos específicos, entre otros. Los tokens de utilidad no cumplen con estas definiciones y, por lo tanto, no pueden formar parte de la cartera de un FCRE.
Además, la consideración general por parte del regulador de que los tokens de utilidad no pueden garantizar una adecuada valoración ni cumplen con los objetivos de liquidez y gestión de inversiones, los deja fuera del cajón de sastre que permite el reglamento para invertir hasta un 30% del capital en activos no admisibles. Se entiende que no cumplen las condiciones necesarias para ser considerados como tales.
Actualización de la CNMV
El 23 de abril de 2024, la CNMV publicó una actualización en su documento de preguntas y respuestas sobre la normativa de instituciones de inversión colectiva (IIC), fondos de capital riesgo europeos (ECR) y otros vehículos de inversión. En esta actualización, la CNMV hace mención a la exposición de los fondos a los criptoactivos a través de instrumentos cuyo precio sigue de cerca el precio del activo subyacente, como los ETC y ETN, y señaló que hasta la fecha, si ha aprobado fondos dirigidos a minoristas con exposiciones a estos instrumentos, ha sido en el límite del coeficiente de libre disposición y por lo tanto se hace una pequeña diferenciación, aunque el tipo de activo, particularmente, podría tener características similares.
La CNMV también menciona que seguirán los debates a nivel de la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) sobre esta cuestión.
Inclusión de criptoactivos en fondos UCITS
Al hilo de lo anterior, en el ámbito europeo, ESMA ha abierto una convocatoria de pruebas (Call for Evidence) para evaluar la inclusión de criptoactivos como inversiones admisibles en los fondos UCITS. Dado que los UCITS representan el 75% de las inversiones colectivas realizadas por los inversores minoristas de la Unión Europea, la revisión de los activos elegibles es un paso importante. ESMA está considerando la liquidez y la relevancia de criptoactivos como Bitcoin y Ether, y cómo las nuevas regulaciones MiCA podrían influir en esta evaluación.
Conclusión
Sin embargo, criptoactivos como BTC y Ether están lejos de el tipo de tokens objeto de este post, como los que puede emitir una startup o scaleup nativa. Y aunque actualmente los fondos y entidades reguladas encuentren dificultades o vean imposible invertir en estos activos, en ATH21 trabajamos en soluciones innovadoras que permitan que los participantes de los fondos y otros vehículos de inversión puedan tener exposición a los criptoactivos de las empresas en las que invierten.
Es importante que antes de invertir en empresas que han basado su business plan y sus “unit economics” en la emisión de criptoactivos se asesoren con especialistas legales en la materia antes de invertir.
SOBRE ATH21
ATH21 es la primera firma española de servicios legales integrales especializada en activos digitales y FinTech. Ofrecemos soluciones legales reales para los nuevos modelos de negocios, adaptándonos a cada proyecto, según la jurisdicción del momento en un entorno tan cambiante. Participamos en el desarrollo de proyectos internacionales basados en blockchain y activos digitales desde 2010.
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