Tal y como venimos comentando en anteriores publicaciones respecto a las nuevas regulaciones que se integran en el mundo de los criptoactivos y del cumplimiento normativo, como MiCA, Transfer of Funds o las Directivas de Prevención de Blanqueo de Capitales, ha quedado más que demostrado la necesidad de un buen sistema de identificación de los riesgos inherentes a la actividad de los sujetos obligados y del establecimiento de un sistema de medidas para prevenir y mitigar dichos riesgos.
Qué es un Compliance Officer
En este asunto, cada vez adquiere más la importancia del compliance officer y/o del órgano de control interno. Su labor consiste en la supervisión y revisión de la implementación de las políticas y procedimientos aprobados por el sujeto obligado en materia de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo y por lo tanto nos surgen dos áreas de estudio respecto a la labor de esta posición.
En primer lugar ¿Qué responsabilidades tiene el oficial de cumplimiento y hasta que punto es responsable de la gestión de los riesgos del sujeto obligado? Para esta publicación nos vamos a centrar principalmente en el primer punto.
La responsabilidad del equipo de cumplimiento
Ya en 2022, la European Banking Authority publicó una guía sobre las responsabilidades de los oficiales de cumplimiento y su papel dentro de la actividad de PBC/FT de los sujetos obligados, en el seno de la nueva regulación de Blanqueo de Capitales que se estaba fraguando en aquel momento. Como puntos principales destacan:
1. No hay un modelo común: las responsabilidades de cada oficial de cumplimiento y su equipo deberán estar individualizadas a la actividad de la Sociedad donde desempeña sus funciones, por lo que todas sus funciones deberán estar debidamente recogidas en los documentos internos de la Sociedad. Entre las funciones básicas podemos identificar:
- Revisión y actualización de las políticas internas de la Sociedad cuando sea necesario (ej, cambio regulatorio o lanzamiento de nuevos productos)
- Ser consultado y/o encargarse de la revisión a la hora de aceptar clientes de alto riesgo o del seguimiento continuo de la relación con los mismos.
- Asesoramiento al órgano de administración de la Sociedad sobre la situación en materia de PBC/FT y sobre las medidas para garantizar el cumplimiento normativo.
- Actividad de control de las medidas y políticas por parte de la Sociedad acorde con sus documentos internos
- Comunicación e información con el personal sobre los riesgos inherentes de la actividad que desarrollan junto a la recepción de consultas y alertas.
- Todas aquellas funciones necesarias en el desarrollo de la actividad.
2. La importancia del órgano de administración: la existencia de un órgano u oficial de cumplimiento no exime a la administración de la Sociedad de su papel en la Prevención de Blanqueo de Capitales. La administración de la Sociedad debe ser informada en todo momento de la evaluación de riesgos de la sociedad, de la adecuación de lo controles y procedimientos implementados y revisar como mínimo una vez al año la información aportada por el departamento de cumplimiento y su funcionamiento.
3. En cuanto a grupos de empresas: se encomienda la existencia de al menos un oficial de cumplimiento por cada Sociedad, pero también la designación por parte de la entidad matriz de un compliance officer a nivel de grupo, encargado de la coordinación interna y de la ejecución operativa en materia de PBC/FT para todo el grupo. Asimismo, y relacionado con el punto anterior, deberá designarse a un directivo o miembro del órgano de Administración como responsable de estas tareas de coordinación en materia de cumplimiento.
Como te podemos ayudar
Desde ATH disponemos de amplia experiencia tanto en el asesoramiento y la redacción de la documentación relacionada con la Prevención de Blanqueo de Capitales y de Financiación del Terrorismo. Asimismo, podemos valorar tus políticas internas y ayudarte a adaptarlas a la nueva normativa europea.
Abogado Compliance de ATH21
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