El pasado 6 de mayo se publicó en el Boletin Oficial del Estado (BOE) el convenio entre el Banco de España e Indra para el desarrollo, en un entorno de pruebas, de un sistema mayorista de pagos basado en la tecnología de registro distribuido o blockchain con CBDCs.
Monedas Digitales de Banco Central
El BIS (Bank for International Settlements) lleva tiempo publicando informes sobre el contenido y formato de las conocidas como CBDCs (Monedas Digitales de Bancos Centrales). Distinguen a su vez entre las CBDCs minoristas, destinadas al público general como un nuevo medio de pago, y las mayoristas, diseñadas para su uso entre intermediarios financieros aprovechando las funcionalidades que proporciona la tokenización.
El objetivo de este convenio es determinar el potencial de estas últimas, y comprobar si aumentan la eficiencia, agilidad y seguridad con la que las infraestructuras del mercado financiero procesan las operaciones de alto importe tanto de pagos como de valores.
Es decir que España inicia el camino hacia la prueba del uso de la tokenización como sistema de liquidación de operaciones. Lo va a hacer en una “moneda digital” o unidad de cuenta en la que se documenten las reservas de las entidades financieras privadas en el Banco de España.
Entorno de pruebas
Las pruebas y trabajos que se incluirán en este entorno de pruebas son, principalmente, los siguientes:
- Simulación de la citada CBDC mayorista en una plataforma DLT o blockchain y su distribución entre las entidades financieras participantes en ella.
- Simulación de la emisión de un bono tokenizado por un depositario central de valores sobre la misma plataforma.
- Colocación de las participaciones de dichos bonos, que se adquieren por los participantes a cambio de las CBDC (intercambio atómico o directo y descentralizado).
- Liquidación directa y automática en la red blockchain de las operaciones sobre dichos bonos en el mercado secundario.
- Registro y pago de los «cupones» de los bonos (pago de intereses) en la propia CBDC.
- Custodia en una wallet específica tanto de los bonos como de las CBDCs de los participantes.
Así, la tecnología Blockchain y la tokenización de activos se combina con la industria financiera y específicamente, con la de pagos, en lo que supone un híbrido entre los activos digitales y los sistemas financieros.
Además, recordemos que este tipo de activos no están sujetos a la normativa europea sobre criptoactivos que es aplicable a partir de 30 de junio de 2024, sino que forman parte de otra iniciativa regulatoria promovida por la Unión Europea, la del Euro Digital.
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